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Los pleitos de la Hermandad, defensa de sus privilegios
La condición de hijodalgo, ganada por nacimiento o por carta de hidalguía, suponía ciertos privilegios, como podían ser inmunidad judicial en sus casas, una mayor protección penal frente a agresores, estar libres de ciertas penas afrentosas, y en el orden fiscal quedar exentos de algunas cargas o tributos (1). Ejemplo de este tipo de privilegios fueron los perdones de muerte, e incluso la intención de cometer tentativas de muerte o fuerte daño arrastrando al interior de su hogar a quién llegaba con malas intenciones.
La Hermandad tuvo que defender sus privilegios en diferentes pleitos, siendo el más notable de todos ellos el llamado de las Behetrías. Este pleito, basado en privilegios de don Juan II, y que iniciaron las Hermandades de Hombres Buenos de los lugares de Behetrías, encabezados por las poblaciones de Santa María del Campo y Becerril, supuso un verdadero quebradero de cabeza y gasto durante muchos años para las Hermandades de Hijosdalgo.
A finales de 1605 y tras casi nueve años de inicio del pleito, los hijosdalgo, representados por Diego de Curiel, vecino y regidor de Burgos, Diego Quintano del Castillo, y Juan Baca Calderón, diputados de las Merindades de Río Ubierna, la Bureba y Candemuñó respectivamente, tuvieron que hacer cuentas y reparto de los gastos ocasionados durante estos años, cuya defensa había corrido a cargo de Juan Rodríguez de Ubierna. Multitud de hijosdalgo de los lugares de Behetría se vieron envueltos en este pleito, otorgando poderes a sus vecinos con más peso en la sociedad para la defensa de dichos interes, como fue el poder otorgado en 1601 a García del Peso, mercader, vecino de Quintanilla de Vivar, respecto al pago de galeotes.
Fueron muchas las denuncias iniciadas por las poblaciones de Behetría, en donde hijosdalgo con o sin vecindad poseían numerosas propiedades por las que no pagaban tercias, y que en primeras instancias eran condenados al pago de las mismas, como fue el caso de Villanueva Río Ubierna en 1656 con don Andrés Díaz de Ortega, marido de doña Melchora Vicenta de Contreras Bravo, vecinos de Sotopalacios y Burgos.
En 1736, la Hermandad de Hombres Buenos de la Jurisdicción dio poder a sus procuradores generales para que ganasen una real provisión, por la que ambos estados contribuyan igualmente en los repartimentos de puentes, servicios reales y otros que se reparten por dicha Jurisdicción, que hasta ese año tomaba un alcalde de los hijosdalgo y otro de los hombres buenos alternativamente, no queriendo dar el derecho los del estado de hijosdalgo.
Pleitos por el gobierno de la Jurisdicción
Por el ejercicio de gobierno, y principalmente por el orden de preferencia en los asientos de la Hermandad de la Jurisdicción, surgieron principalmente dos pleitos.
El primero de ellos comenzado por el Partido de Peñas Arriba, representado por ambos estados, acerca de la mala intención del Partido de Peñas Abajo al ocupar asientos más cercanos al primero de ellos, que pertenecía al hijodalgo de Sotopalacios, con la consiguiente minusvaloración de sus votos.
El pleito, iniciado en 1656, tuvo en 1657 poder de los Partidos para el arbitraje del licenciado Agustín del Molino y del doctor Pedro Ortiz de Zárate, abogados de la ciudad de Burgos y consultores del Santo Oficio de la Inquisición. El partido de Peñas Arriba, descontento con la resolución obtenida, decidió dar poder a sus procuradores para continuar con el pleito ante el Real Adelantamiento de Burgos. En 1660 obtuvieron una sentencia favorable en grado de revista de la Real Chancillería de Valladolid, solicitando al año siguiente carta ejecutoria. Encontramos un vacío en las juntas del códice durante estos años debido seguramente a la desavenencia entre ambos partidos, comenzando las inscripciones el año siguiente de 1662, cuando ya se habría recibido la sentencia definitiva.
El segundo de ellos fue debido a que la Junta de Hijosdalgo había ganado una Real Provisión en la Real Chancillería de Valladolid, en la que pedían que en las juntas generales que se celebraban en la Loma, los que fuesen por alcaldes de hermandad y por procuradores de los pueblos de este estado se sienten a la derecha, siendo los primeros en proponer, votar, firmar y beber y otras cosas contenidas en dicha real provisión, sintiéndose agraviados sus idénticos de la Junta de Hombres Buenos.
Derivados de estos desacuerdos fueron la emisión de cédulas de forma privativa y fuera del marco establecido, en aras de evitar a la parte contraria; o realizando juntas de gobierno en lugar no acostumbrado desde tiempo inmemorable, como fue la junta de del Partido de Peñas Arriba realizada en Hontomín, siendo su lugar acostumbrado Villalvilla Sobresierra.
Otro de los pleitos que surgieron en las últimas décadas del siglo XVI fue con Martín de Padilla, Adelantado Mayor de Castilla, y el Alcalde Mayor de la Jurisdicción en su nombre, acerca de presentarse en las juntas de la Merindad de Río Ubierna para la elección de alcaldes y otros oficios, cuya autoridad no tenía potestad en el gobierno autónomo de la Jurisdicción, y a los que quería amedrentar encarcelando a sus alcaldes aprovechando su poder sobre la justicia.
Bibliografía
- (1) La Hermandad de Caballeros Hijosdalgo de Río Ubierna. Gonzalo Martínez Díez. Ayuntamiento de Merindad de Río Ubierna.2009
- Protocolos notariales del Archivo Histórico Provincial de Burgos.
- Fondos documentales de la junta vecinal de Ubierna y de la Hermandad de Hijosdalgo.
- Imagen superior izquierda: primera hoja del códice.
- Trabajo de recopilación: Héctor Hernando Arce

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